jueves, 24 de marzo de 2011

ARTÍCULOS

“Las medidas de seguridad como alternativa a la pena privativa de libertad cuando se aprecie la atenuante de «grave adicción» del artículo 21.2 del Código Penal. Criterio jurisprudencial”
Por Javier Nistal Burón
Publicado en nº 7595 de 23 de marzo de 2011, de Diario La Ley

Resumen: En este trabajo, el autor analiza el criterio jurisprudencial sobre la posibilidad de aplicar, como alternativa al ingreso en prisión, las medidas de seguridad previstas en el Código Penal, exclusivamente, para situaciones de exención total o parcial de la imputabilidad a quienes en la comisión del hecho delictivo se les haya apreciado la atenuante de grave adicción a sustancias estupefacientes del art. 21.2 del Código Penal.



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