“El acceso al tercer grado penitenciario:
¿Teleológico o real?“
Por Ángel Juan NIETO
GARCÍA
Publicado en Diario La Ley, nº
7737, Sección Doctrina, 16 Nov. 2011, Año
Resumen: Se aborda la
desnaturalización del tercer grado penitenciario, conforme a la previsión del
artículo 74 del Reglamento Penitenciario - que señala que el régimen abierto se
aplicará a los penados clasificados en tercer grado que puedan continuar su
tratamiento en régimen de semilibertad-, en la medida que confluyen otros fines
en la ejecución de las penas privativas de libertad distintos a los previstos
en el artículo 25.2 CE, sin que la Administración haya impedido tal
circunstancia en los últimos años, siendo uno de los objetivos imperiosos de la
gestión penitenciaria la incentivación del régimen abierto.
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