viernes, 24 de febrero de 2012

Artículos


“Consideraciones jurídicas y criminológicas de los antecedentes de un menor de edad a efectos de la suspensión de la ejecución de una pena”.

Por Tomás MONTERO HERNANZ
Publicado en Diario La Ley, Nº 7805, Sección Tribuna, 24 Feb. 2012, Año XXXIII, Editorial LA LEY

Resumen: La suspensión de las penas privativas de libertad se regula en el CP como alternativa eficaz para el logro de finalidades de reeducación y reinserción social del delincuente. Supone dejar en suspenso, en determinados casos, el cumplimiento de las penas privativas de libertad impuestas cuando el juez o Tribunal sentenciador valoran como improbable que en el futuro vuelva a cometer nuevos delitos. La valoración de la peligrosidad criminal, en el caso de personas con trayectoria delictiva como menores, es el contenido del presente artículo.

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