viernes, 21 de junio de 2013

Artículos

 “La mampara y el derecho de defensa del preso preventivo”
Por M.ª Ángeles PÉREZ CEBADERA
Publicado  en Diario La Ley, nº 8110, de 21 de junio de 2013


Resumen: La entrevista entre un preso preventivo y su abogado a través de una mampara conculca el contenido esencial del derecho de defensa. Así fue reconocido expresamente por la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 13 de mayo de 2007, caso Castravet vs. Moldavia, pero no ha sido hasta hace pocos días, con ocasión de un auto de la AN, cuando se ha pronunciado por primera vez un tribunal español. Este Auto es una resolución pionera que va a servir para que, con carácter general, si no concurren circunstancias excepcionales que pongan en riesgo la seguridad, todo preso preventivo pueda entrevistarse con su abogado sin ninguna barrera física que impida o dificulte la comunicación y el intercambio de documentos que afecten a su defensa.

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